Capítulo VI
COSAS QUE SE NECESITAN PARA LA CELEBRACIÓN DE LA MISA
IV. VESTIDURAS SAGRADAS
339. Los acólitos, los lectores y los otros ministros laicos, pueden vestir alba u otra vestidura legítimamente aprobada en cada una de las regiones por la Conferencia de Obispos (cfr. n. 390).
No hay comentarios:
Publicar un comentario