Mostrando entradas con la etiqueta CEC 1516. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta CEC 1516. Mostrar todas las entradas

domingo, 25 de diciembre de 2016

CATEQUESIS SOBRE LOS SACRAMENTOS - LA UNCIÓN DE LOS ENFERMOS

CAPÍTULO SEGUNDO
LOS SACRAMENTOS DE CURACIÓN


    1516 Solo los sacerdotes (obispos y presbíteros) son ministros de la Unción de los enfermos (cf Concilio de Trento: DS 1697; 1719; CIC, can 1003; CCEO. can. 739,1). Es deber de los pastores instruir a los fieles sobre los beneficios de este sacramento. Los fieles deben animar a los enfermos a llamar al sacerdote para recibir este sacramento. Y que los enfermos se preparen para recibirlo en buenas disposiciones, con la ayuda de su pastor y de toda la comunidad eclesial a la cual se invita a acompañar muy especialmente a los enfermos con sus oraciones y sus atenciones fraternas.